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Artículo 212 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las máquinas que suben y bajan materiales (como grúas o bandas transportadoras) deben cumplir cinco reglas: estar bien construidas con materiales resistentes, mantenerse en buen estado, revisarse antes de usarse (especialmente cables, cadenas, ganchos y poleas), mostrar claramente cuánto peso pueden cargar, y tener frenos o seguros para que no se caigan de casualidad.

Texto oficial

ARTÍCULO 212.- Las máquinas elevadoras y bandas transportadoras empleadas durante la ejecución de las obras, incluidos sus elementos de sujeción, anclaje y sustentación, deben: I. Ser de buena construcción mecánica y resistencia adecuada; II. Mantenerse en buen estado de conservación y funcionamiento; III. Revisarse y examinarse periódicamente durante la operación en la obra y antes de ser utilizadas, particularmente en sus elementos mecánicos tales como: cables, anillos, cadenas, garfios, manguitos, poleas, y eslabones giratorios usados para izar y/o descender materiales o como medio de suspensión; IV. Indicar claramente la carga útil máxima de la máquina de acuerdo con sus características, incluyendo la carga admisible para cada caso, si ésta es variable, y V. Estar provistas de los accesorios necesarios para evitar descensos accidentales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 123) ↗

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