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Artículo 227 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien que vive en un edificio no está de acuerdo con una orden de desalojarlo, puede presentar una queja formal (llamada recurso de inconformidad) siguiendo las reglas de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México. Para hacer esa queja, tienes solo 3 días hábiles contados desde que te avisaron de la orden, y la autoridad también tiene 3 días hábiles para darte una respuesta. Si después de eso la orden sigue firme y tú te niegas a salir, el gobierno puede usar a la policía para obligarte a desocupar el lugar. Eso sí, el desalojo no cancela los derechos o acuerdos que tengas con el dueño del inmueble, como la renta o los contratos.

Texto oficial

ARTÍCULO 227.- En caso de desacuerdo del o los ocupantes de una construcción, en contra de la orden de desocupación a que se refiere el artículo anterior, los afectados podrán interponer recurso de inconformidad de acuerdo con lo previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Si se confirma la orden de desocupación y persiste la renuencia a acatarla, la Administración podrá hacer uso de la fuerza pública para hacer cumplir la orden. El término para la interposición del recurso a que se refiere este precepto será de tres días hábiles contados a partir de la fecha en que se haya notificado al interesado la orden de desocupación, La Autoridad debe resolver el recurso dentro de un plazo de tres días hábiles, contados a partir de la fecha de interposición del mismo. La orden de desocupación no implica la pérdida de los derechos u obligaciones que existan entre el propietario y los inquilinos del inmueble.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 127) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.