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Ley
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
232

Artículo 232 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a construir un edificio que necesite un permiso especial por cómo afecta a la ciudad o al ambiente, estás obligado a tener manuales de operación y mantenimiento. Estos manuales deben explicar cómo funcionan y cómo cuidar cada parte del edificio, como las instalaciones, la estructura, los acabados y los muebles. Además, en cada capítulo del manual tienes que describir el sistema y decir qué mantenimiento preventivo (para evitar fallas) y correctivo (para reparar) necesita, con qué frecuencia y con qué materiales. También debes indicar cuándo es necesario llamar a un especialista, y los equipos contra incendios deben seguir las normas oficiales.

Texto oficial

ARTÍCULO 232.- Las edificaciones que requieran de dictamen de impacto urbano o impacto urbano-ambiental, según lo establecido en el Título Cuarto de este Reglamento, deben contar con manuales de operación y mantenimiento, cuyo contenido mínimo será: I. Tendrá tantos capítulos como sistemas de instalaciones, estructura, acabados y mobiliario tenga la edificación; II. En cada capítulo se hará la descripción del sistema en cuestión y se indicarán las acciones mínimas de mantenimiento preventivo y correctivo. Los equipos de extinción de fuego deben someterse a lo que establezcan las Normas; III. Para mantenimiento preventivo se indicarán los procedimientos y materiales a utilizar, así como su periodicidad. Se señalarán también los casos que requieran la intervención de especialistas, y IV. Para mantenimiento correctivo se indicarán los procedimientos y materiales a utilizar para los casos más frecuentes, así como las acciones que requieran la intervención de especialistas.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 131) ↗

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