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Ley
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
245

Artículo 245 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las autoridades van a revisar las construcciones que están en proceso o ya terminadas. La revisión sirve para checar que los papeles (como el registro de construcción, la licencia o el visto bueno de seguridad) sean correctos y que todo lo que se construyó cumpla con la ley, los reglamentos, los programas de desarrollo urbano y otras reglas oficiales. En pocas palabras, es una inspección para asegurarse de que todo esté en orden y dentro de lo permitido.

Texto oficial

ARTÍCULO 245.- Las verificaciones a que se refiere este Reglamento tienen por objeto comprobar que los datos y documentos contenidos en el registro de manifestación de construcción, la licencia de construcción especial o el Visto Bueno de Seguridad y Operación de las Instalaciones, referentes a las edificaciones o instalaciones que se encuentren en proceso o terminadas, cumplan con las disposiciones de la Ley, de los Programas, de este Reglamento, sus Normas y demás ordenamientos jurídicos aplicables.582 CAPÍTULO II DE LAS SANCIONES

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 134) ↗

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