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Artículo 245 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las autoridades van a revisar las construcciones que están en proceso o ya terminadas. La revisión sirve para checar que los papeles (como el registro de construcción, la licencia o el visto bueno de seguridad) sean correctos y que todo lo que se construyó cumpla con la ley, los reglamentos, los programas de desarrollo urbano y otras reglas oficiales. En pocas palabras, es una inspección para asegurarse de que todo esté en orden y dentro de lo permitido.

Texto oficial

ARTÍCULO 245.- Las verificaciones a que se refiere este Reglamento tienen por objeto comprobar que los datos y documentos contenidos en el registro de manifestación de construcción, la licencia de construcción especial o el Visto Bueno de Seguridad y Operación de las Instalaciones, referentes a las edificaciones o instalaciones que se encuentren en proceso o terminadas, cumplan con las disposiciones de la Ley, de los Programas, de este Reglamento, sus Normas y demás ordenamientos jurídicos aplicables.582 CAPÍTULO II DE LAS SANCIONES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 134) ↗

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