Artículo 29 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (la dependencia del gobierno que se encarga de carreteras, puertos y aeropuertos) es la que decide dónde quedan las zonas cercanas a los aeropuertos. En esos terrenos, no puedes construir libremente: hay reglas sobre qué tan altos pueden ser los edificios, para qué usarlos, cuántas construcciones poner y qué tan grandes. Todo esto lo define el Programa (un plan oficial), pero primero tiene que dar su visto bueno esa misma Secretaría. En pocas palabras, si vives o quieres construir cerca de un aeropuerto, necesitas revisar qué límites te tocan.
Texto oficial
ARTÍCULO 29.- Las áreas adyacentes a los aeropuertos serán fijadas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y en ellas regirán las limitaciones de altura, uso, destino, densidad e intensidad de las edificaciones que fije el Programa, previo dictamen de la mencionada Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.