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Artículo 41 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los encargados de una obra (como los arquitectos o ingenieros) solo son responsables ante el gobierno por posibles fallos durante 5 años. Ese plazo empieza a contar desde que se aprueba el permiso para usar el edificio, o desde que ellos terminan oficialmente su supervisión. Pero si hay problemas graves de seguridad o estructura, la responsabilidad no se acaba a los 5 años. En esos casos especiales, siguen siendo responsables aunque ya haya pasado ese tiempo.

Texto oficial

ARTÍCULO 41.- Para los efectos del presente Reglamento, la responsabilidad de carácter administrativo de los Directores Responsables de Obra y de los Corresponsables termina a los cinco años, salvo los casos sujetos al otorgamiento del Visto Bueno de Seguridad y Operación de las Instalaciones y la Constancia de Seguridad Estructural, contados a partir de:167 I. La fecha en que se expida la autorización de uso y ocupación a que se refiere el artículo 70 de este Reglamento, o II. La fecha en que formalmente hayan terminado su responsiva, según se establece en la fracción I del artículo 40 anterior.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.