Artículo 62 Quater del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si vas a hacer trabajos pequeños en tu casa, como una reparación o mantenimiento, tienes que avisar antes a tu alcaldía usando su página de internet o app. En ese aviso debes poner tu nombre completo, la dirección donde se harán los trabajos, qué vas a hacer y en qué horario y fechas lo harás. Cuando registres el aviso, la plataforma te dará un código QR que debes imprimir y pegar en un lugar visible de tu casa mientras duren los trabajos. Así, si llega un supervisor de la alcaldía a revisar, podrá ver que ya avisaste. Si no tienes ese papel o no lo pones a la vista, te pueden aplicar una multa o sanción. Si el funcionario que te revisa se porta mal o te pide dinero, puedes reportarlo en la Contraloría de la ciudad o en el área de control de tu alcaldía, usando las herramientas digitales que tengan para eso. Y si tienes dudas sobre cómo hacer los trabajos, la alcaldía te puede orientar sin cobrarte nada.
Texto oficial
ARTÍCULO 62 Quater.- El Aviso Vecinal para trabajos menores deberá presentarse previo a su inicio, por medio de la Plataforma Digital, con la siguiente información:357 I. Datos generales de la persona responsable: 358 a. Nombre(s); 359 b. Apellidos; y 360 c. Domicilio en el que se realizarán los trabajos menores.361 II. Descripción de trabajos menores; 362 351Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 352 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 353 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 354 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 355 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 356 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 357 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 358 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 359 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 360 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 361 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 362 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 71 III. Horario en el que se realizarán los trabajos; y363 IV. Fecha de inicio y conclusión de los trabajos.364 La Constancia de Aviso Vecinal para trabajos menores contendrá un código QR, deberá imprimirse y colocarse en un lugar visible de la vivienda de la persona que hubiere presentado el Aviso Vecinal para trabajos menores durante la ejecución de los mismos, a fin de que la Alcaldía correspondiente pueda corroborarlo. En caso de que el particular no cuente con la Constancia de Aviso Vecinal para trabajos menores, o bien, no la coloque en un lugar visible de su vivienda, se procederá en términos de los artículos 15 y 16 del presente Reglamento. 365 En caso de que la actuación del personal de la Alcaldía que acuda a corroborar la presentación del Aviso Vecinal para trabajos menores mediante la constancia correspondiente no se encuentre apegada a los principios de legalidad y honradez, la persona interesada podrá denunciar dicha situación ante la Secretaría de la Contraloría General o el Órgano Interno de Control de la Alcaldía correspondiente por medio de las herramientas tecnológicas que para tales efectos disponga la Secretaría de la Contraloría General.366 ARTÍCULO 62 Quintus.- Los particulares que lleven a cabo los trabajos menores a que se refiere el artículo 62 Bis, podrán recibir orientación gratuita por parte de la Alcaldía correspondiente ante cualquier duda sobre los trabajos a realizar.367
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.