Artículo 62 Ter del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando hagas trabajos pequeños como reparaciones o mantenimiento en tu propiedad, tienes que seguir estas reglas: no debes bloquear el paso de peatones ni de personas con discapacidad. También debes cumplir con todas las leyes y normas para que el lugar sea accesible para todos. Además, esos trabajos deben respetar el diseño universal, o sea, que cualquier persona pueda usarlo sin problemas. Solo puedes hacerlos de 8 de la mañana a 6 de la tarde, y si excavas, hazlo a menos de 50 cm en áreas verdes o solo quita hasta 10 cm de tierra en banquetas para no dañar tuberías o cables.
Texto oficial
ARTÍCULO 62 Ter.- Durante la realización de los trabajos menores a los que se refiere el artículo anterior, los particulares observarán en todo momento lo siguiente:350 342 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 343 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 344 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 345 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 346 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 347 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 348 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 349 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 350 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 70 I. No podrán obstruir el desplazamiento seguro y continuo de las personas con discapacidad o de los peatones; 351 II. Deberán cumplir con las especificaciones que establezcan las Leyes federales, locales, Normas, Reglamentos y demás disposiciones aplicables, a fin de garantizar el derecho a la accesibilidad y al entorno físico, en beneficio del interés colectivo;352 III. Deberán basar los trabajos menores que realicen en los principios de diseño universal y accesibilidad;353 IV. Deberán respetar los bienes de otros particulares, el mobiliario urbano, el medio ambiente y los servicios públicos existentes; 354 V. Efectuarán los trabajos menores en un horario comprendido entre las 08:00 a las 18:00 horas; y355 VI. Las excavaciones para los trabajos menores solamente se podrán realizar en áreas verdes existentes a una profundidad no mayor de 50 cm., y únicamente en área de banquetas se permitirá el despalme de terreno hasta 10 cm., para no afectar instalaciones subterráneas en sitio.356
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.