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Artículo 70 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando entregues el aviso de que ya terminaste tu obra, junto con el visto bueno de seguridad y la constancia de que la estructura es segura, la autoridad te dará la Autorización de Uso y Ocupación a través de su plataforma digital. A partir de ese momento, tú como dueño o dueña te conviertes en el encargado de mantener la construcción en buen estado y con las condiciones de seguridad e higiene, según lo dice el artículo 68. La autorización debe salir en un plazo de 5 días hábiles desde que entregaste el aviso; si la autoridad no responde en ese tiempo, se considera automáticamente aprobada, a eso se le llama “afirmativa ficta”. También, si tu obra terminó con algunas diferencias respecto al proyecto original, las pueden autorizar siempre y cuando no afecten la seguridad, el uso o la estabilidad, y respetes las reglas de zonificación y alineamiento.

Texto oficial

ARTÍCULO 70.- Recibido el Aviso de Terminación de Obra, así como el Visto Bueno de Seguridad y Operación de las Instalaciones y la Constancia de Seguridad Estructural, en su caso, se procederá conforme a lo siguiente:398 I. La Administración otorgará a través de la Plataforma Digital la Autorización de Uso y Ocupación, para lo cual el propietario o poseedor se constituirá desde ese momento, en los términos del artículo 68 de este Reglamento, en el responsable de la operación y mantenimiento de la construcción, a fin de satisfacer las condiciones de seguridad e higiene; dicha autorización se otorgará en un plazo de cinco días hábiles contados a partir de que se hubiere presentado el aviso de terminación de obra. Transcurrido dicho plazo sin que exista resolución de la autoridad, procederá la afirmativa ficta, y399 II. La Administración autorizará diferencias en la obra ejecutada con respecto al proyecto presentado, siempre que no se afecten las condiciones de seguridad, estabilidad, destino, uso, servicio, habitabilidad e higiene, se respeten las restricciones indicadas en el certificado único de zonificación de uso de suelo, la constancia de alineamiento y las características de la manifestación de construcción registrada o de la licencia de construcción especial respectiva, y las tolerancias que fijan este Reglamento y sus Normas. 400

Ver ley oficial en el DOF (pág. 78) ↗

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