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Artículo 71 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ciertos tipos de construcciones (como casas o edificios del Grupo A y Subgrupo B1), debes registrar en una plataforma digital un documento llamado Constancia de Seguridad Estructural. Este papel lo firma un experto en seguridad estructural, que confirma que la construcción aguanta sin problemas tanto en uso normal como en situaciones extremas (como un temblor), según las reglas del reglamento. Si el experto dice que no cumple, tendrás que reforzar, reparar o modificar la construcción para que sí lo haga. Para emitir esa constancia, el experto debe revisar a fondo la estructura con inspecciones oculares, estudios técnicos y de campo, tomando en cuenta daños, edad del edificio y el tipo de suelo, entre otros datos.

Texto oficial

ARTÍCULO 71.- Para las construcciones del grupo A y Subgrupo B1, a que se refiere el artículo 139 de este Reglamento, se deberá registrar a través de la Plataforma Digital la Constancia de Seguridad Estructural, en la que un Corresponsable en Seguridad Estructural haga constar que dicha construcción cumple con los estados límite de falla y de servicio, prescritos en las disposiciones de este Reglamento y sus Normas. 401 Si la constancia del Corresponsable determina que la construcción no cumple con los estados límites de falla y de servicio, ésta debe rehabilitarse (reforzarse, repararse, recimentarse, entre otras) o modificarse para satisfacerlas. 402 Las Constancias de Seguridad Estructural deben basarse en inspecciones oculares exhaustivas, estudios analíticos y de campo, consideraciones de los daños en la estructura, antigüedad, zona geotécnica, y cualquier información pertinente. Deben incluir los aspectos enunciados en la memoria de cálculo estructural especificada en el artículo 53, fracción I, inciso e) de este Reglamento, con excepción de lo relativo al diseño de elementos estructurales, cimentación y conexiones. 403 398 Reforma publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 399 Reforma publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 400 Reforma publicada en la GOCDMX el 17 de junio de 2016 401 Reforma publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 402 Reforma publicada en la GOCDMX el 19 de abril de 2021 403 Adición publicada en la GOCDMX el 19 de abril de 2021 79

Ver ley oficial en el DOF (pág. 78) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.