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Artículo 89 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los negocios y construcciones grandes que no sean casas (como oficinas, fábricas o centros comerciales) deben instalar tuberías separadas para tres tipos de agua: la potable (para beber y cocinar), la tratada (agua ya usada y limpiada) y la de lluvia. El agua tratada y la de lluvia se deben ocupar para todo lo que no requiera agua potable, como regar jardines o lavar pisos. Además, si tu negocio tiene más de 30 empleados y usa agua caliente, estás obligado a poner también un sistema de calentamiento solar para ahorrar energía, junto con el calentador normal.

Texto oficial

ARTÍCULO 89.- Las edificaciones nuevas no habitacionales y las de más de 1000 m2sin(sic) incluir estacionamiento, así como los establecimientos dedicados al lavado de autos, deben contar con redes separadas de agua potable, agua residual tratada y agua de lluvia debiéndose utilizar estas dos últimas en todos los usos que no requieran agua potable, de conformidad con lo establecido en la Ley de Aguas del Distrito Federal, las Normas y demás disposiciones aplicables en la materia. 439 Todos los establecimientos industriales, comerciales, de oficinas, de servicios y de espectáculos, ubicados en la Ciudad de México y con más de 30 empleados, que utilicen agua caliente en sus servicios, están obligados a instalar, además del sistema convencional de calentamiento de agua, un sistema de calentamiento de agua por medio del aprovechamiento de la energía solar, que provea un porcentaje del consumo energético anual por uso de agua caliente en el establecimiento, conforme a lo establecido en el Capítulo VI de la Norma Técnica Complementaria para el Proyecto Arquitectónico. 440 CAPÍTULO IV DE LA COMUNICACIÓN, EVACUACIÓN Y PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS SECCIÓN PRIMERA DE LAS CIRCULACIONES Y ELEMENTOS DE COMUNICACIÓN

Ver ley oficial en el DOF (pág. 87) ↗

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