Artículo 31 del REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE ESTACIONAMIENTO EN VÍA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, antes de que empiece el ultimo trimestre (octubre, noviembre, diciembre), las empresas autorizadas deben entregar una actualización de sus estudios de estacionamiento en el área que les tocó. Esos estudios tienen que usar los indicadores que la Secretaría haya creado y seguir las reglas que ella ponga. La idea es checar cómo está funcionando el sistema de estacionamiento en esa zona.
Texto oficial
Artículo 31. Los terceros autorizados deberán presentar al inicio del último trimestre del año calendario una actualización anual de los estudios técnicos de 21 estacionamiento dentro del área concesionada, considerando el sistema de indicadores que desarrolle la Secretaría y de conformidad con los lineamientos que para tal fin emita la Secretaría, con el objeto de evaluar el desempeño del funcionamiento del sistema.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.