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Artículo 49 del REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE ESTACIONAMIENTO EN VÍA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité de Transparencia y Rendición de Cuentas en Zonas de Parquímetros es un grupo encargado de revisar y aprobar proyectos que mejoren la movilidad o calles de la colonia, usando el dinero de los parquímetros. También supervisa que esos proyectos se hagan bien y puede sugerir cambios si algo no funciona. Este comité puede proponer ajustes en el horario de los parquímetros a las autoridades correspondientes. Además, cada tres meses recibe un reporte de cuánto dinero se juntó y cómo está funcionando el sistema. Por último, puede recomendar mejoras al sistema de parquímetros y reportar cualquier problema que detecte.

Texto oficial

Artículo 49. Corresponde al Comité de Transparencia y Rendición de Cuentas en Zonas de Parquímetros: 26 I. Evaluar y autorizar las propuestas que le sean presentadas respecto de los proyectos, mismos que deberán de ser únicamente para el mejoramiento de la infraestructura de movilidad y/o urbana, así como obras, programas y proyectos de movilidad, de acuerdo con las necesidades de la colonia o colonias que comprenden la Zona de Parquímetros. Cualquiera de las instancias integrantes del Comité podrá presentar las propuestas a las que se refiere el párrafo anterior, siendo prioritarias las que presenten las y los representantes de los Comités de Participación Comunitaria correspondientes, siempre y cuando cumplan con los criterios del mismo párrafo; II. Supervisar la ejecución de los proyectos y, en su caso, proponer adecuaciones al mismo; III. Expedir sus reglas de operación interna; IV. Proponer a la Secretaría y a la Secretaría de Administración y Finanzas las modificaciones de horario y días en que operen los parquímetros para su evaluación; V. Recibir el reporte de ingresos trimestralmente de parte de la Secretaría; VI. Recibir el reporte estadístico operativo y de comportamiento de la Zona de Parquímetros que le corresponda; y VII. Proponer a la Secretaría medidas para mejorar el funcionamiento del Sistema de Parquímetros e informar sobre los problemas que se detecten en el mismo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.