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Artículo 10 de la LEY DE COMEDORES SOCIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La autoridad encargada, junto con la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, va a revisar seguido qué nutrientes tienen los alimentos y si son de buena calidad en los comedores sociales. Esto es para asegurarse de que la comida sea nutritiva y no cause obesidad o problemas de alimentación. También van a definir en el reglamento las reglas de limpieza e higiene que deben seguir esos comedores.

Texto oficial

Artículo 10.-. La Autoridad Responsable en coordinación con la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, hará la supervisión de manera periódica de los valores nutricionales y la dictaminación sobre la calidad de los alimentos que se distribuyan en los comedores sociales de la Ciudad de México, y tendrá por objetivo garantizar que la comida sea nutritiva y de calidad para evitar la obesidad y los trastornos alimenticios. El Reglamento y las Reglas de Operación establecerán las medidas de higiene necesarias que se deben de cumplir en los comedores sociales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.