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Artículo 18 de la LEY DE COMEDORES SOCIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada comedor popular tiene que tener un Grupo Solidario, que es el encargado de administrar el comedor. Esto significa que ese grupo se hace cargo de cómo funciona, de las compras, la comida y todo lo relacionado. Ninguna persona que trabaje en el gobierno o sea funcionario público puede ser parte de ese grupo. Solo personas de la comunidad o voluntarios pueden integrarlo.

Texto oficial

Artículo 18.- Cada comedor popular debe contar con un Grupo Solidario, el cual asumirá la función de la administración del comedor popular y ningún integrante deberá ser persona servidora pública. CAPÍTULO IV DE LOS COMEDORES PÚBLICOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.