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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_12259/22
Ley
LEY DE COMEDORES SOCIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
22

Artículo 22 de la LEY DE COMEDORES SOCIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los datos de la gente que usa los comedores sociales y la información que se genera se manejan según dos leyes: la de Transparencia y la de Protección de Datos Personales de la Ciudad de México. Esto quiere decir que tu información personal está protegida y solo se usa para lo necesario, como dice el padrón unificado de la Ley de Desarrollo Social.

Texto oficial

Artículo 22.- Los datos personales de las personas usuarias o beneficiarias de los comedores sociales, la información adicional generada y administrada, se regirá por lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, de conformidad con los lineamientos del padrón unificado establecido en la Ley de Desarrollo Social vigente en la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la LEY DE COMEDORES SOCIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.