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Artículo 28 de la LEY PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jefes de las dependencias del gobierno de la Ciudad de México deben hacer cada año un plan de las mejoras o cambios que necesiten en sus oficinas o edificios. También tienen que calcular cuánto dinero costarán esos arreglos y meter ese gasto en el presupuesto oficial del año. En otras palabras, no pueden hacer obras sin avisar primero cuánto van a gastar y de dónde van a sacar la lana.

Texto oficial

Artículo 28.- Los Titulares de los Órganos de la Administración Pública de la Ciudad de México, deberán programar anualmente las adecuaciones que vayan a realizar a sus instalaciones y presupuestar el costo respectivo, debiendo integrar dicho costo a su presupuesto de egresos correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.