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Artículo 30 de la LEY PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un negocio, centro comercial o cualquier lugar al que entre gente, como un cine o un museo, y gastas dinero en hacerle adaptaciones para que personas con discapacidad puedan entrar y moverse sin problemas, el gobierno te puede apoyar. Ese apoyo puede ser quitándote impuestos (un estímulo fiscal) o dándote un reconocimiento oficial. La autoridad encargada será la que decida cómo aplicarlo según el caso. En pocas palabras, si haces tu lugar accesible, el gobierno te ayuda a que no te cueste tanto.

Texto oficial

Artículo 30.- Los costos de las adecuaciones que eroguen las empresas, centros comerciales, áreas culturales o recreativas y en general todo inmueble con acceso al público, será sujeto de estímulos fiscales o reconocimientos por la autoridad competente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.