Artículo 51 de la LEY PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Junta Directiva es el grupo de personas que toman las decisiones importantes del Instituto. Tienen cuatro facultades principales: 1. Pueden aprobar o cambiar las reglas internas del Instituto (lo que se llama Estatuto Orgánico). 2. Pueden aprobar los programas o planes de trabajo del Instituto. 3. Pueden aprobar cómo se va a gastar el dinero del Instituto (el presupuesto de egresos). 4. Pueden aprobar el informe que se hace cada año sobre lo que hizo el Instituto. En pocas palabras, este artículo dice que la Junta Directiva es la que da el sí final a los documentos y planes clave del Instituto.
Texto oficial
Artículo 51.- La Junta Directiva tendrá las siguientes facultades: I. Aprobar el Estatuto Orgánico del Instituto, así como sus modificaciones y actualizaciones; II. Aprobar los programas específicos del Instituto; III. Aprobar el presupuesto de egresos del Instituto; y IV. Aprobar el informe anual del Instituto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.