- Ley
- LEY PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL
- Artículo
- 52
Artículo 52 de la LEY PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El jefe del Instituto es elegido por la persona que encabeza el Gobierno de la Ciudad. Ese puesto dura 5 años y se puede renovar una vez más si el jefe de Gobierno lo aprueba. Esto significa que nadie puede estar al mando más de 10 años seguidos.
Texto oficial
Artículo 52.- El Director General del Instituto será nombrado por la persona titular de la Jefatura de Gobierno y durará en su cargo 5 años, pudiendo ser ratificado para un periodo adicional.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.