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Artículo 56 de la LEY PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto va a tener un grupo llamado Consejo Consultivo. Ahí van a participar personas con discapacidad, especialistas, maestros, empresarios y gente que haya luchado por los derechos de las personas con discapacidad. Este Consejo sirve para dar consejos y opiniones al Instituto, ayudando a crear planes de gobierno y acciones que el Instituto pueda acordar con otras autoridades.

Texto oficial

Artículo 56- El Instituto contará con un Consejo Consultivo que estará conformado por miembros de organizaciones de y para personas con discapacidad, especialistas, académicos, empresarios y personas de notable trayectoria en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad. El Consejo será un órgano de consulta y asesoría para diseñar políticas públicas y establecer acciones específicas que el Instituto pueda concertar con las autoridades competentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.