Artículo 57 Bis de la LEY PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El DIF de la Ciudad de México va a crear un registro especial para juntar y guardar información sobre las personas con discapacidad que viven en la capital. También va a incluir datos de las organizaciones que ayudan a integrar a estas personas en la sociedad. Toda esa información se la va a pasar al Instituto, para que pueda hacer programas y acciones de gobierno que beneficien a las personas con discapacidad. Básicamente, es como tener un padrón para saber quiénes son y qué necesitan, y así poder ayudarles mejor.
Texto oficial
Artículo 57 Bis. - El DIF-CDMX contará con un Registro de Personas con Discapacidad, cuyo objetivo será reunir y mantener los datos estadísticos de las personas con discapacidad de la Ciudad de México y de las organizaciones de la sociedad civil que colaboren en la inclusión de este sector de la sociedad, el cual compartirá con el Instituto con el objetivo de que este pueda realizar las políticas públicas en beneficio de las personas con discapacidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.