Artículo 10 de la LEY DE MEMORIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Cultura de la Ciudad de México tiene varias responsabilidades para cuidar los Sitios de Memoria (lugares donde pasaron cosas importantes relacionadas con violaciones a derechos humanos en el pasado). Primero, debe poner una placa en cada sitio con una explicación clara de lo que ocurrió ahí. También tiene que coordinarse con el gobierno de la ciudad para hacer eventos públicos que reconozcan lo que pasó, prometan que no se repita y difundan esto en los medios de comunicación. Además, debe trabajar con organizaciones de la sociedad civil, víctimas, familiares y sobrevivientes para organizar actividades educativas y culturales que recuerden esos hechos. Otra tarea es mantener una lista actualizada de todos estos sitios, a la que cualquier persona pueda acceder. Por último, puede recibir proyectos de la ciudadanía para mejorar los documentos que se guardan en el Centro de Documentación e Investigación de la Memoria, siguiendo las reglas que ponga el jefe de la Secretaría de Cultura.
Texto oficial
Artículo 10. A fin de preservar los Sitios de Memoria, corresponden a la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México, las atribuciones siguientes: I. Instalar en cada uno de los Sitios de Memoria una placa con una leyenda y una síntesis alusiva del suceso; II. Llevar a cabo las gestiones necesarias para que las autoridades del Gobierno de la Ciudad de México realicen actos públicos de desagravio en los Sitios de Memoria, así como la ejecución de actos encaminados a tutelar el principio de no repetición, asegurando su difusión de dichos eventos a través de los medios de comunicación; III. Promover, en conjunto con las organizaciones de la sociedad civil y las víctimas, familiares y sobrevivientes de violaciones a sus derechos humanos en el pasado, la realización de actividades educativas, culturales y de difusión relacionadas con la conmemoración de los hechos materia de la presente Ley; IV. Elaborar y mantener actualizada una relación de todos los Sitios de Memoria de la Ciudad de México, cuyo acceso será público; y V. Recibir de la ciudadanía proyectos que permitan la ampliación y actualización de acervos documentales que formarán parte del Centro de Documentación e Investigación de la Memoria, en función de lo establecido en los Lineamientos que para tal efecto emita la persona titular de la Secretaría de Cultura.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.