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Artículo 6 de la LEY DE MEMORIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes derecho a consultar los archivos del gobierno de la Ciudad de México que hablen de violaciones graves a los derechos humanos, como abusos cometidos por la policía o cuerpos de seguridad. Esto es para que puedas entender cómo pasaron los hechos y el gobierno le cuente a toda la gente las razones y circunstancias de esos abusos. Si alguien murió o desapareció, sus familiares o personas cercanas tienen derecho a que se reconozca el daño que les causó y a pedir toda la información que exista sobre dónde está esa persona.

Texto oficial

Artículo 6. Se reconoce el derecho de las víctimas y de la sociedad en general al acceso a los archivos en posesión de las instituciones de la administración pública de la Ciudad de México relacionados con violaciones graves a derechos humanos, a fin de verificar cómo sucedieron los hechos, y revelar a la ciudadanía en general los motivos y circunstancias en que se cometieron tales violaciones por parte de los cuerpos de seguridad. En caso de fallecimiento o desaparición, las víctimas indirectas tienen derecho al reconocimiento de su afectación y a conocer la información con que se cuente sobre el paradero de las víctimas directas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.