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Artículo 125 de la LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien te demanda, un secretario del juzgado va a imprimir y sellar tu demanda y los papeles que le siguen para entregártelos en persona. Si tú, como demandado, no quieres participar en el juicio digital (todo por internet), puedes responder la demanda escribiendo a mano o a computadora, pero en un juicio tradicional en papel. Esto solo aplica si rechazas usar el sistema digital.

Texto oficial

Artículo 125. A fin de emplazar al particular demandado, el Secretario de Acuerdos que corresponda, imprimirá y certificará la demanda y sus anexos que se notificarán de manera personal. Si el particular rechaza tramitar el Juicio Digital contestará la demanda por escrito mediante el Juicio en la vía ordinaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.