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Artículo 19 de la LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un juzgado necesita avisarte de algo que no sea una cita obligada (donde tienes que ir en persona) ni un mensaje por internet, lo hacen publicando una lista. Esa lista la pegan en un lugar que todos puedan ver, en la oficina del tribunal que resolvió tu asunto, exactamente a las 12 del día. En la lista viene tu nombre, el número de tu expediente (que es como el folio de tu caso) y de qué se trata el acuerdo. Además, en los papeles del juicio dejan anotado el día exacto en que pusieron la lista.

Texto oficial

Artículo 19. Las notificaciones que deban hacerse a las partes, y que no deban ser personales, o digitales, se harán por lista autorizada que se fijará en lugar visible del local de la Sala que emitió la resolución, a las doce horas. La lista contendrá nombre de la persona, expediente y tipo de acuerdo. En los autos se hará constar la fecha de la lista.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.