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Ley
LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
18

Artículo 18 de la LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

**Para ser mediador público** (trabajas en el Centro): necesitas ser mexicano, tener mínimo 25 años, título y cédula de Licenciatura en Derecho, y dos años de experiencia en temas que maneje el Centro. Además, debes pasar unos exámenes y cursos, y el cargo se revisa cada tres años. **Para ser mediador privado** (eres independiente): también necesitas 25 años, título (en cualquier carrera), dos años de experiencia, buena reputación, y no tener antecedentes penales por delitos graves. Tienes que aprobar exámenes y cursos, y tu certificación dura tres años, luego la renuevas con otro examen. Los resultados de los exámenes son secretos y no se pueden impugnar.

Texto oficial

Artículo 18. Para ser mediador o facilitador se deberá cumplir los siguientes requisitos: A) Para ser mediador público adscrito al Centro: I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos y tener cuando menos veinticinco años de edad al día de su designación; II. Contar con título y cédula profesionales de Licenciatura en Derecho, así como dos años de experiencia profesional mínima demostrable, en cualquiera de las materias competencia del Centro; III. Concursar y aprobar el proceso de selección correspondiente, sometiéndose a los exámenes y cursos de capacitación y entrenamiento. Los resultados de los exámenes son confidenciales y la decisión del Consejo es inapelable. El cargo de mediador es de confianza y será ratificado cada tres años por el Consejo, previa aprobación de un examen de competencias laborales. El Director General, los Directores y los Subdirectores de Mediación del Centro, así como los Secretarios Actuarios del Tribunal que satisfagan los requisitos a que se refieren las fracciones I y II de este apartado, podrán ser registrados como Mediadores sometiéndose a los exámenes y cursos de capacitación y entrenamiento correspondientes. Su condición de mediador público deberá ratificarse cada tres años y se perderá al dejar de formar parte del Centro o deje de ser Secretario Actuario del Tribunal, según corresponda. Para ser facilitador se estará a lo dispuesto en la Ley Nacional. B) Para ser mediador privado: I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos y tener cuando menos veinticinco años de edad al día de su certificación y registro; II. Poseer grado de licenciatura, así como dos años de experiencia profesional mínima demostrable; III. Gozar de buena reputación profesional y reconocida honorabilidad; IV. No haber sido sentenciado, mediante sentencia condenatoria ejecutoriada, por delito doloso que merezca pena privativa de libertad; V. Presentar y aprobar el examen de conocimientos de competencias laborales; VI. Aprobar los cursos de capacitación para la certificación y registro, y VII. Realizar las horas de práctica en el Centro que fijen las Reglas. Los resultados de los exámenes son confidenciales y la decisión del Comité es inapelable. La certificación y el registro que otorgue el Centro tendrán una vigencia de tres años. Para renovar la certificación y el registro deberá presentarse y aprobar el examen de competencias laborales, y cumplir con las disposiciones que sobre esta materia establezcan el Reglamento y las Reglas. Los mediadores públicos que dejen de ser servidores públicos del Tribunal, podrán ser certificados y registrados como mediadores privados. Los mediadores privados que cuenten con una licenciatura distinta a la de derecho, podrán formar parte del colegio de mediadores registrado ante el Tribunal y los convenios de mediación que generen habrán de contar, para su registro, con el visto bueno legal de un licenciado en derecho, en los términos del Reglamento y las Reglas.

Ver texto oficial de la LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 11) ↗

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