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Ley
LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
3

Artículo 3 de la LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La mediación busca que las personas puedan llevarse mejor entre sí, resolviendo sus problemas hablando y siendo tolerantes, de manera rápida y sin gastar de más, para que ambas partes queden contentas. Además, sirve para que no se tengan que abrir juicios o, si ya comenzaron, para terminarlos sin llegar a un pleito legal. En otras palabras, es como platicar antes de demandar a alguien.

Texto oficial

Artículo 3. La mediación tiene como objetivo fomentar una convivencia social armónica, a través del diálogo y la tolerancia, mediante procedimientos basados en la prontitud, la economía y la satisfacción de las partes. La mediación, como método de gestión de conflictos, pretende asimismo evitar la apertura de procesos judiciales de carácter contencioso y poner fin a los ya iniciados.

Ver texto oficial de la LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 4) ↗

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