Artículo 30 de la LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La mediación tiene cuatro pasos principales. Primero, en la etapa inicial, tú y los demás involucrados se sientan con el mediador, firman un acuerdo para mantener todo en secreto (confidencialidad), y cada quien cuenta su versión del problema. Después, en la segunda etapa, analizan juntos los puntos donde no se ponen de acuerdo, reconocen su parte de responsabilidad, atienden las emociones y hacen una lista de los temas a resolver. Luego, en la tercera etapa, proponen posibles soluciones, eligen la mejor y llegan a un acuerdo. Finalmente, en la última etapa, revisan y ajustan los acuerdos, y si todo está bien, los firman por escrito.
Texto oficial
Artículo 30. Serán etapas del procedimiento de mediación, las siguientes: I. Inicial: a) Encuentro entre el mediador y sus mediados; b) Recordatorio y firma de las reglas de la mediación y del convenio de confidencialidad; c) Indicación de las formas y supuestos de terminación de la mediación; d) Firma del convenio de confidencialidad; y e) Narración del conflicto. II. Análisis del caso y construcción de la agenda: a) Identificación de los puntos en conflicto; b) Reconocimiento de la corresponsabilidad; c) Identificación de los intereses controvertidos y de las necesidades reales generadoras del conflicto; d) Atención del aspecto emocional de los mediados; e) Listado de los temas materia de la mediación; y f) Atención de los temas de la agenda. III. Construcción de soluciones: a) Aportación de alternativas; b) Evaluación y selección de alternativas de solución; y c) Construcción de acuerdos; IV. Final: a) Revisión y consenso de acuerdos; y b) Elaboración del convenio y, en su caso, firma del que adopte la forma escrita.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.