Artículo 126 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 126 simplemente dice que esta ley o parte de ella ya no está vigente, es decir, la cancelan o la eliminan oficialmente. “Derogar” significa dejar sin efecto una norma, como cuando borras una regla que ya no aplica.
Texto oficial
Artículo 126.-Se deroga
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