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Artículo 52 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El juez tiene un plazo de 30 días para dar su veredicto después de que termine la etapa de investigación del juicio, a menos que la misma ley diga otro tiempo. Eso significa que, una vez cerrada la parte donde se presentan las pruebas, el tribunal debe sacar su decisión en menos de un mes. Pero si la ley marca un plazo diferente para algún caso en especial, se sigue ese otro tiempo. Así que no te espantes si a veces tarda un poco más o menos, porque depende de lo que diga la regla.

Texto oficial

Artículo 52.- La sentencia deberá dictarse dentro de los 30 días siguientes al cierre de la instrucción, salvo que en esta Ley se señale un término distinto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

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