Artículo 53 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un juez de la Sala Constitucional va a dar su fallo, tiene la obligación de arreglar cualquier error que vea en los artículos de la ley que las partes hayan mencionado. También debe revisar todos los argumentos que tú y la otra parte hayan presentado, sin quedarse solo con lo que está escrito. Así se asegura de resolver el problema real que le están planteando, aunque esté mal redactado. En pocas palabras, no puede quedarse con tecnicismos ni con errores de dedo, tiene que ver el fondo del asunto.
Texto oficial
Artículo 53.- Al dictar sentencia, la Sala Constitucional corregirá lo errores que advierta en la cita de los preceptos invocados y examinará en su conjunto los razonamientos de las partes a fin de resolver la cuestión efectivamente planteada.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.