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Artículo 66 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 66 dice que si quieres impugnar o quejarte de una decisión de la Sala Constitucional (un tribunal de tu estado), tienes que presentar un escrito llamado "recurso de reclamación" en un plazo de 5 días. En ese escrito debes explicar claramente por qué estás inconforme (los "agravios", es decir, lo que crees que está mal) y, si quieres, ofrecer pruebas para respaldar tu queja.

Texto oficial

Artículo 66.- El recurso de reclamación deberá interponerse ante la Sala Constitucional dentro de los cinco días y en él deberán expresarse agravios y en su caso ofrecerse pruebas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.