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Artículo 24 de la LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Jefe de Gobierno de la Ciudad de México debe crear un grupo llamado Consejo Consultivo de Abastecimiento. Este grupo estará formado por una persona de cada oficina del gobierno de la ciudad y también por representantes de empresas, tiendas y quienes ofrecen servicios. Es como un equipo donde participan tanto autoridades como comerciantes e industriales. Su función es dar consejos sobre cómo manejar el abasto de productos en la ciudad.

Texto oficial

Artículo 24.- El Jefe de Gobierno del Distrito Federal instalará el Consejo Consultivo de Abastecimiento, que estará integrado por un representante de cada una de las dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal y de las confederaciones, del Instituto, cámaras o asociaciones de industriales, comerciantes y prestadores de servicios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

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