Artículo 26 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los presidentes de los comités pueden hablar y votar, y si hay empate en una votación, ellos deciden con un voto extra que vale doble. El secretario ejecutivo y los vocales también tienen derecho a hablar y votar. El secretario técnico solo puede dar su opinión, pero no votar, a menos que esté reemplazando al secretario ejecutivo, entonces sí puede votar. El contralor ciudadano (una persona de la sociedad que vigila) sí tiene derecho a hablar y votar. Los asesores e invitados solo pueden dar su opinión, pero no votan en las decisiones.
Texto oficial
Artículo 26.- Los presidentes de los comités tendrán voz y voto y en caso de empate, les corresponderá el voto de calidad. El secretario ejecutivo y los vocales de los comités tendrán igualmente voz y voto. El secretario técnico sólo tendrá derecho a voz. En los casos que supla al secretario ejecutivo tendrá derecho a voz y voto. El contralor ciudadano acreditado tendrá derecho a voz y voto. Los asesores e invitados de los comités, solamente tendrán derecho a voz.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.