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Ley
REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
7

Artículo 7 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno y sus áreas deben juntar sus compras, rentas y contratación de servicios para ahorrar dinero. La Oficialía Mayor y la Secretaría van a crear reglas para que todas estas áreas se comuniquen bien y compartan lo que necesitan. Si las entidades quieren participar en este proceso, tienen que seguir esas reglas. En el caso de las delegaciones, aplica lo que dice la ley correspondiente.

Texto oficial

Artículo 7. Para la optimización de sus presupuestos las dependencias y órganos desconcentrados promoverán la consolidación de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, para lo cual la Oficialía y la Secretaría emitirán los lineamientos correspondientes que permitan mantener una estrecha comunicación e intercambio de información de sus necesidades, mismos a los que se sujetarán las entidades en caso de integrarse a dicho procedimiento. Para el caso de las delegaciones, se estará a lo dispuesto en la Ley.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 3) ↗

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