Artículo 23 del REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, en enero, la Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de este tema) publica en su página de internet la lista de personas o empresas que están registradas como concursantes en un proceso legal. Además, cada mes actualiza esa lista para reflejar los nuevos registros o las cancelaciones que ocurran. Esto significa que cualquier persona puede consultar en línea quién está participando como concursante en ese momento.
Texto oficial
Artículo 23.- En el mes de enero de cada año, la Secretaría publicará en su portal de Internet la relación de personas físicas o morales inscritas en el registro de concursantes. Asimismo, mantendrá actualizado mensualmente dicho registro con las inscripciones y cancelaciones que se lleven a cabo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.