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Artículo 24 del REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si estás registrado como participante en un concurso (ya sea como persona o empresa), tienes que avisar por escrito a la Secretaría, a más tardar 15 días hábiles después de que ocurra, cualquier cambio en tu dinero, en tu situación financiera o técnica, en tus documentos de creación, o en tu estatus legal. También debes pedir que actualicen tu registro al menos cada tres años. La Secretaría, por su parte, tiene 15 días hábiles para darte una respuesta después de recibir tu solicitud.

Texto oficial

Artículo 24.- Las personas físicas o morales inscritas en el registro de concursantes, deberán comunicar por escrito a la Secretaría, dentro de los quince días hábiles siguientes, cualquier cambio en su capital contable, condición financiera o condición técnica, modificaciones a la escritura constitutiva u otra circunstancia relativa, así como cualquier cambio en su situación jurídica, solicitando la actualización de su registro cuando menos cada tres años. Para tal efecto, la Secretaría resolverá lo conducente dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud referida.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.