Artículo 29 del REGLAMENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los documentos que el gobierno decide mantener en secreto deben ser guardados y cuidados por los mismos funcionarios que los tenían antes de que se declararan como reservados. O sea, si un servidor público ya tenía esos papeles, él es el responsable de cuidarlos bien para que no se pierdan o los vea quien no debe. No se pueden pasar a otra persona ni dejarlos descuidados. Es como cuando te encargan un documento importante y tú te haces responsable de que no se maltrate o se lo roben.
Texto oficial
Artículo 29. Los expedientes y documentos clasificados como reservados serán debidamente custodiados y conservados por los servidores públicos que los tenían hasta antes de la clasificación. Capítulo VI De la información confidencial
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.