Artículo 30 del REGLAMENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La información confidencial (como tus datos personales o secretos) nunca caduca, así que siempre estará protegida y no se podrá compartir, a menos que tú des tu permiso por escrito o con una firma digital, o que un juez o autoridad lo ordene por escrito. Si no dices explícitamente "sí, puedes compartir mis datos", se entiende como un "no" rotundo. En pocas palabras, tu información privada está blindada para siempre, y solo tú o una autoridad pueden decidir si se revela.
Texto oficial
Artículo 30. La información confidencial no estará sujeta a plazos de vencimiento y tendrá ese carácter de manera indefinida, por lo que siempre será de acceso restringido, salvo que medie el consentimiento expreso del titular de la información por escrito o medio de autenticación equivalente, por mandamiento escrito emitido por autoridad competente o se actualicen los supuestos de la Ley. La ausencia de consentimiento expreso para divulgar los datos personales e información confidencial de las personas, se entenderá como una negativa para divulgar dicha información.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.