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Artículo 12 de la LEY DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si esta ley no dice algo específico sobre un tema, se van a usar otras leyes para llenar ese hueco. Las leyes que se aplicarán son: la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, el Código Fiscal y el Código Civil. También se tomarán en cuenta los principios generales del Derecho, que son las ideas básicas de justicia que usan los jueces.

Texto oficial

Artículo 12.- A falta de disposición expresa en esta ley, se aplicarán supletoriamente las disposiciones contenidas en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; el Código Fiscal; el Código Civil para el Distrito Federal y los principios generales del Derecho. CAPÍTULO III DE LAS INDEMNIZACIONES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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