Artículo 15 de la LEY DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 15 dice que si alguien daña tus cosas o te afecta en tus derechos, y tienes derecho a que te paguen por ese daño, ese pago debe ser justo y proporcional al daño que realmente sufriste. En otras palabras, no te van a dar más ni menos de lo que valga el daño que te hicieron. Todo esto se calcula siguiendo las reglas y los topes que marca esta misma Ley.
Texto oficial
Artículo 15.- La procedencia de la indemnización por daños y perjuicios materiales se sujetará a lo establecido en esta Ley y será directamente proporcional al daño causado en los bienes o derechos de los particulares y conforme a las bases y límites de la presente Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.