Artículo 36 de la LEY DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Imagina que varias personas te causan un daño económico, pero no se puede saber exactamente qué tanto contribuyó cada quien a hacerte perder dinero. En ese caso, todos los responsables responden juntos y tú puedes cobrarles la deuda completa a cualquiera de ellos, sin tener que andar investigando quién fue el que más daño hizo. Luego, entre ellos mismos se ponen de acuerdo para pagarse en partes iguales lo que te tuvieron que cubrir. Es como si fueran un equipo que tiene que responder parejo por el daño que te hicieron.
Texto oficial
Artículo 36.- En el supuesto de que entre los causantes de la lesión patrimonial reclamada no se pueda identificar su exacta participación en la producción de la misma, se establecerá entre ellos una responsabilidad solidaria frente al reclamante, debiéndose distribuir el pago de la indemnización en partes iguales entre todos los cocausantes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.