Artículo 14 de la LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Instituto tiene varias tareas importantes, como crear y poner en marcha un plan para ayudar a las personas que salen de la cárcel a reintegrarse a la sociedad, su familia y el trabajo. También debe coordinarse con otra dependencia (la Subsecretaría) y hacer los acuerdos necesarios con oficinas del gobierno, empresas y organizaciones para que ese plan funcione. Además, debe crear y manejar una bolsa de trabajo para quienes ya hayan sido liberados por orden de un juez especializado, y mantener una base de datos con las actividades y empleos que han tenido las personas presas o las que ya salieron. Por último, también puede hacer todo lo demás que le pidan esta Ley, su Reglamento y otras normas aplicables.
Texto oficial
Artículo 14. Son atribuciones del Instituto: I. Elaborar el Programa de Actividades para la reinserción social, familiar y de trabajo postpenitenciario; II. Implementar el Programa de actividades; III. Coordinarse con la Subsecretaría para el ejercicio de sus atribuciones; IV. Realizar los vínculos institucionales y gestiones necesarias para la firma de los convenios entre dependencias públicas, órganos de gobierno, organismos públicos y privados y organizaciones civiles para el desarrollo del Programa de actividades; V. Generar y administrar una bolsa de trabajo para que puedan beneficiarse de ella quienes la autoridad judicial especializada en ejecución de sanciones penales otorgue la libertad; VI. Desarrollar y actualizar una base de datos que contenga la información de las actividades realizadas por las personas internas y los trabajos otorgados a aquellas que obtuvieron su libertad; y VII. Las demás que le otorgue esta Ley, su Reglamento y la normativa aplicable.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.