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Artículo 25 de la LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En los centros penitenciarios, todos los servicios que reciben las personas presas, sus familias, visitas y abogados defensores son gratis. Esto significa que no te tienen que cobrar por ninguna atención o trámite. Pero hay excepciones muy específicas que ya marca la ley. Es decir, si la ley dice claramente que algo sí tiene costo, entonces no aplica la gratuidad.

Texto oficial

Artículo 25. Todos los servicios que se brindan a las personas privadas de la libertad, sus familiares, visitantes y profesionistas encargadas de su defensa en los Centros Penitenciarios serán gratuitos, salvo los casos que expresamente determine esta Ley y la normativa aplicable.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.