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Ley
LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
92

Artículo 92 de la LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si estás detenido o en la cárcel, tienes derecho a que te pongan en un área que sea adecuada para ti, tomando en cuenta cosas como tu género, tu edad, tu salud, de dónde eres, tu trabajo o estudio, y el delito que te acusan. También se fija en si el delito fue intencional o accidental, y si perteneces a algún grupo de la población. Hay un Comité que se asegura de que no haya favoritismos ni privilegios entre los presos, y que los espacios se repartan de manera justa según esas características.

Texto oficial

Artículo 92. Toda persona privada de la libertad tiene derecho a una adecuada ubicación de acuerdo con su género, lugar de origen, edad, estado de salud, oficio o profesión, comisión o imputación de delito doloso o culposo, así como pertenencia a un sector de la población. El Comité vigilará que no existan condiciones de privilegio entre las personas privadas de la libertad y que se asignen equitativamente los espacios disponibles, tomando en cuenta la ubicación y características antes mencionadas.

Ver texto oficial de la LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 26) ↗

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