Artículo 67 de la LEY REGISTRAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La "persona moral" es una empresa o grupo de personas con derechos legales, como una compañía. Este registro le da a cada empresa un número único que la identifica, como si fuera su credencial de identidad. Las empresas que pueden aparecer aquí son las que la ley menciona en otro artículo (el 3071 del Código), y todas deben tener su dirección oficial en la Ciudad de México. Es como un padrón oficial solo para negocios de la capital, cada uno con su propio número de identificación.
Texto oficial
Artículo 67.- La persona moral será la unidad básica de este registro, identificándose con un número único correspondiente a cada folio electrónico. Las personas a que se refiere este capítulo serán aquellas previstas por el artículo 3071 del Código y deberán tener su domicilio en la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.