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Artículo 7 de la LEY REGISTRAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser jefe del Registro Público necesitas cumplir con estos requisitos: tener título de licenciado en derecho, mínimo cinco años de experiencia como abogado (de preferencia en temas de registro), haber cumplido 30 años al momento de que te nombren, no estar inhabilitado para el puesto y no tener una condena firme por un delito intencional que haya resultado en cárcel.

Texto oficial

Artículo 7.- Para ser titular del Registro Público se requiere: I. Ser licenciado en derecho; II. Contar con una experiencia mínima de cinco años en la práctica de la profesión, preferentemente registral; III. Tener treinta años cumplidos en el momento de su designación; IV. No encontrarse inhabilitado para desempeñar el cargo; y V. No haber sido sentenciado mediante sentencia ejecutoriada, por un delito doloso que amerite pena privativa de libertad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.