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Ley
LEY DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS INMOBILIARIOS DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
22

Artículo 22 de la LEY DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS INMOBILIARIOS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Programas son como planes de estudio o cursos que tratan sobre cómo dar Servicios Inmobiliarios (cosas como rentar o vender casas y terrenos). El Reglamento (un conjunto de reglas detalladas) va a decir cuáles temas debe cubrir cada Certificación (el documento que prueba que alguien está capacitado). Además, el Reglamento también va a definir cuándo se hacen esos programas, cada cuánto tiempo, cómo se anuncian las convocatorias y otros detalles importantes.

Texto oficial

Artículo 22. Los Programas contendrán los temas relacionados con la prestación de los Servicios Inmobiliarios. El Reglamento enunciará el contenido que corresponde a cada Certificación. Las especificaciones de los programas, periodicidad, convocatorias y demás características se establecerán en el Reglamento. SECCIÓN SEGUNDA DEL CÓDIGO DE ÉTICA DE SERVICIOS INMOBILIARIOS

Ver texto oficial de la LEY DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS INMOBILIARIOS DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 9) ↗

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