Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 9 de la LEY ÓRGANICA DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA EN COMBATE A LA CORRUPCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Fiscal Anticorrupción de la Ciudad de México va a estar en el puesto por siete años, y se le puede renovar el cargo una sola vez más. Para que lo nombren, el Jefe de Gobierno propone tres candidatos, y de ahí el Congreso de la Ciudad elige a uno con el voto de más de la mitad de los diputados que estén presentes ese día.

Texto oficial

Artículo 9.- El Fiscal Anticorrupción de la Ciudad de México, durará en su encargo siete años, prorrogables hasta por una sola ocasión y será designado por el Poder Legislativo de la Ciudad de México, con aprobación de la mayoría simple de los miembros presentes del pleno de entre una terna propuesta por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.